Gobierno nacional reglamentó las condiciones de los Sistemas de Recaudo Centralizados en el país

- Dando cumplimiento al Plan Nacional de Desarrollo, el Ministerio de Transporte expidió la resolución 20203040034065, la cual reglamenta las condiciones para la operación de los Sistemas de Recaudo Centralizados en los Sistemas Estratégicos de Transporte Público (SETP). Así como el Decreto 1567 de 2020, que faculta al Ministerio para reglamentar las condiciones técnicas, operativas y de seguridad de los sistemas de recaudo en los sistemas de transporte cofinanciados por la Nación.
- A través de una herramienta tecnológica, los Sistemas de Recaudo Centralizados controlarán la calidad, la cobertura y la continuidad del servicio de los sistemas de transporte. Además, permitirá que los usuarios puedan hacer sus pagos de manera electrónica.
- El objetivo es garantizar que toda la información recolectada por el Sistema sea propiedad del ente territorial, autoridad de transporte o quien este delegue, lo que permitirá obtener información de la operación en tiempo real y tomar acciones de mejora en la operación y prestación del servicio al usuario.
Bogotá D.C., 31 de diciembre de 2020 (@MintransporteCo). Por primera vez, el Gobierno Nacional y el Ministerio de Transporte, con el objetivo de mejorar y modernizar los Sistemas de Transporte Público, y acorde al Plan Nacional de Desarrollo ‘Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad’, reglamentó las condiciones de operación de los Sistemas de Recaudo Centralizados (SRC) con el fin de garantizar la interoperabilidad de los medios de pago en las ciudades, beneficiando a los usuarios y permitiendo transbordos, implementación de subsidios, entre otros beneficios.
Reglamentación de la operación de los Sistemas de Recaudo Centralizado para los SETP
En tal sentido, se expidió la resolución N° 20203040034065, que reglamenta las condiciones para la operación de los SRC en los Sistemas Estratégicos de Transporte Público (SETP), con unas especificaciones claras y de beneficio para operadores y usuarios. Además, se podrán adelantar los procesos de contratación e implementación de los sistemas de recaudo, lo cual acelerará la puesta en marcha de los Sistemas Estratégicos de Transporte Público del país.
Los Sistemas de Recaudo Centralizados son un conjunto de servicios, software, hardware y demás mecanismos de control integrados, que permiten que se lleve a cabo el pago del servicio a través de medios electrónicos. Con este recaudo se garantiza interoperabilidad entre los diferentes modos de transporte público en las ciudades, lo cual beneficia de manera directa la economía de las familias, brindando transparencia y seguridad.
Decreto 1567 de 2020
Dentro de la experiencia en la implementación de los sistemas de recaudo de los Sistemas Integrados de Transporte Masivo del país, se presentó dualidad en los medios de pago. Por lo tanto, la Nación y el Ministerio de Transporte, dentro de su política pública, expidió el Decreto 1567 de 2020, con el objetivo de garantizar un mejor servicio y la posibilidad de transbordos y subsidios para quien realiza viajes en el transporte público.
Por lo tanto, donde existan sistemas de transporte público cofinanciados por la Nación, gracias al Decreto 1567, se podrán tener múltiples operadores de recaudo y proveedores tecnológicos, ofreciendo variedad y conexión, garantizando la posibilidad de implementar diferentes medios de pago.
Las entidades territoriales, los entes gestores o en quienes estos deleguen la operación del sistema de recaudo, deben proteger a los usuarios, brindando canales seguros y adecuados para el pago, así como un buen tratamiento de la información personal que se registre en los operadores. Toda información debe ser reportada al Ministerio de Transporte a través del Sistema Inteligente Nacional para la Infraestructura de Tránsito y Transporte (SINITT), con el fin de generar política pública nacional sobre el servicio de transporte urbano en el país.
Para la Ministra de Transporte, Ángela María Orozco, “con el Decreto 1567 de 2020 y la resolución 20203040034065, demostramos que como Gobierno cumplimos y trabajamos diariamente por expedir normas enfocadas a mejorar la calidad de vida de los usuarios de los sistemas de transporte urbano”. Y añadió que, “el decreto permite que los ciudadanos tengan una integración entre los diferentes modos de transporte, ahorrándoles dinero en sus transbordos. Además, genera seguridad, eficiencia y transparencia permitiendo múltiples recaudadores de recursos en los municipios. Con la expedición de la resolución, las entidades públicas o el operador de transporte y sus vinculados, ya cuentan con las condiciones necesarias, para la operación de un Sistema Recaudo Centralizado, que permitirá que sean los operadores del transporte público los recaudadores de los recursos de la prestación del servicio”.
“Por la cual se reglamentan las condiciones para la operación de los Sistemas de Recaudo Centralizados, en los Sistemas Estratégicos de Transporte Público”
Por el cual se adiciona la Sección 3 al Capítulo 2 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015 Único Reglamentario del Sector Transporte
Fecha de publicación 31/12/2020
Última modificación 31/12/2020